SERVICIOS DE RENTAS INTERNAS

Resolución NAC-DGERCGC17-00000621
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

Resuelve:

Establecer las tarifas específicas del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) aplicables a partir del 1 de enero de 2018.

Artículo Único. Objeto.- Las tarifas específicas señaladas en el Grupo V del artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario, para el cálculo del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2018 son:

GRUPO V TARIFA ESPECÍFICA
Cigarrillos 0,16 USD por unidad
Bebidas alcohólicas, incluida la cerveza artesanal 7,22 USD por litro de alcohol puro
Cerveza Industrial 12 USD por litro de alcohol puro
Bebidas no alcohólicas y gaseosas con contenido de azúcar mayor a 25 gramos por litro de bebida, excepto energizantes. 0,18 USD por 100 gramos de azúcar

Disposición Final: La presente Resolución entrará en vigencia y será aplicable a partir del 01 de enero de 2018, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

 

Fuente:

INFOCOMEX 2018-001

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