Resolución No. 18 099
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD

Resuelve:

ARTÍCULO 1.- Aprobar y oficializar con el carácter de Obligatorio la Segunda Revisión del:

RTE INEN 033 (2R) “BALDOSAS CERÁMICAS”

ARTÍCULO 2.- Disponer al Servicio Ecuatoriano de Normalización – INEN, de conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 11 256 del 15 de julio de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 499 del 26 de julio de 2011, publique la SEGUNDA REVISIÓN del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 033 (2R) “BALDOSAS CERÁMICAS” en la página web de esa Institución.

ARTÍCULO 3.- El presente Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 033 (Segunda Revisión) reemplaza al RTE INEN 033 (1R):2014 y Modificatoria 1:2014 y, entrará en vigencia 180 días desde la fecha de su publicación en el Registro Oficial.

Fuente:

INFOCOMEX 2018-012

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