REGLAMENTO TÉCNICO ECUATORIANO RTE INEN 084 (1R)

“VIDRIOS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES”

 

Este reglamento técnico aplica vidrios de seguridad que se fabriquen, importen o se comercialicen en el Ecuador.

No aplica a vidrios automotrices blindados o antibalas.

Los vidrios de seguridad para vehículos automotores deben cumplir con los requisitos establecidos en las Normas Técnicas Ecuatorianas NTE INEN 1669 y 1724 vigentes.

Ver más del reglamento (adjunto boletín INEN)

 

Fuente:

Circular INEN No.49

 

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