Resolución No. 011-2017
EL PLENO DEL COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR
Resuelve:
Artículo 1.- Reformar el Arancel del Ecuador, expedido con Resolución No. 59 de 17 de mayo de 2012, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 859 de 28 de diciembre de 2012, al tenor del siguiente detalle:
Donde Dice:
Código | Designación de la Mercancía | UF | Tarifa Arancelaria | OBSERVACIONES |
3402.90.99 | – – – Los demás | kg | 5 |
Deberá decir:
Código | Designación de la Mercancía | UF | Tarifa Arancelaria | OBSERVACIONES |
3402.90.99 | – – – Los demás | kg | 15 |
Artículo 2.- El Ministerio de Comercio Exterior (MCE) presentará al COMEX un informe semestral respecto a la ejecución del presente instrumento.
Artículo 3.- Encargar al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) la ejecución de la presente Resolución.
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA.- La presente Resolución una vez que entre en vigencia, se implementará de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones (COPCI).
DISPOSICIÓN FINAL
La Secretaría Técnica del COMEX remitirá esta Resolución al Registro Oficial para su publicación
Esta Resolución fue adoptada en sesión de 31 de marzo de 2017 y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Fuente:
www.pudeleco.com I Resolución No. 011-2017
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