Boletín 84 – 2019

Boletín 86 – 2019

SENAE

Comunica:

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, bajo la visión y compromiso del Gobierno Nacional, de transparencia, simplificación, modernización y eficiencia, de conformidad con el artículo 16 de la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, publicada en el Registro Oficial Suplemento 353 de fecha 23 de octubre de 2018, y dentro del marco del aseguramiento de la cadena integral que revisten las operaciones de comercio exterior, pone a su consideración el proyecto de Reglamento que regula el ejercicio de la actividad de los agentes de aduana y sus auxiliares, que tiene como principales componentes:

1. Codificación de todas las normas que regulan la actividad de agentes

de aduana y sus auxiliares fortaleciendo así la seguridad jurídica.


2. Determinación del órgano interno del Servicio Nacional de Aduanas que administrará el ejercicio de los operadores de comercio exterior agentes de aduana y sus auxiliares.


3. Modernización, de conformidad con derecho regional comparado, de requisitos para postulaciones.


4. Simplificación del proceso de renovación de licencias.


5. Determinación de tiempos máximos de atención por parte de la administración aduanera a solicitudes y peticiones que dentro del marco de las postulaciones y renovaciones de operadores de comercio exterior agentes de aduana y sus auxiliares deban atenderse.

Este Reglamento ha contado con mesas de trabajo previas en cuales han participado actores de comercio exterior que han presentado sus propuestas, a quienes agradecemos por su activa participación.

A partir de la publicación del presente boletín hasta el día Jueves 29 de agosto de 2019, los Operadores de Comercio Exterior, Agentes de Aduana, gremios y ciudadanía en general podrán presentar sus comentarios u observaciones al proyecto normativo SENAE/007/SGN/2019 “REGLAMENTO QUE REGULA LA ACTIVIDAD DE LOS AGENTES DE ADUANA”(Click para ver el proyecto), a través del buzón: socialización_normativa@aduana.gob.ec, utilizando para el efecto la Matriz de observaciones (Click para descargar formulario). 

SENAE

Comunica:

Se comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior y funcionarios del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador que el 6 de agosto de 2019, el Directorio de la Agencia de Regulación y Control Minero emitió la Resolución Nro. 002-005-2019-DIR-ARCOM “Reglamento para el control de las exportaciones de minerales” (Click aquí para ver el Reglamento), mediante la cual se estableció el procedimiento para controlar las exportaciones de minerales y los requisitos para la obtención del “Certificado de Exportación de Minerales.

El mencionado Reglamento entró en vigencia desde su suscripción, esto es desde el 6 de agosto de 2019, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

Fuente: INFOCOMEX 2019-054 

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