SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior y al público en general que, en cumplimiento al Decreto Ejecutivo No. 559 de 14 de noviembre de 2018, el cual en su parte pertinente establece:
“Artículo 1.- Fusiónese por absorción al Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones las siguientes instituciones: el Ministerio de Industrias y Productividad, el Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras, y el Ministerio de Acuacultura y Pesca.
Artículo 2.- Una vez concluido el proceso de fusión por absorción, modifíquese la denominación del Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones a “Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversión y Pesca”
Artículo 3.- Una vez concluido el proceso de fusión por absorción, todas las competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos y demás normativa vigente que le correspondían al Ministerio de Industrias y Productividad, al Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras; y, al Ministerio de Acuacultura y Pesca, serán asumidas por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.”
Considerando que el Ministerio del Comercio Exterior e Inversiones (MCEI), el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO), y el Ministerio de Acuacultura y Pesca (MAP), se encuentran extintos; y, que sus deberes y atribuciones han sido asumidas por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP), incluyendo, aquellas relacionadas con la nómina de productos sujetos a documentos de control; se debe tomar en cuenta las siguientes consideraciones para adjuntar en las declaraciones aduaneras de importación y exportación los documentos autorizados por las entidades fusionadas:
Registrar en el campo “G04. Entidad Emisora” de la Declaración Aduanera de Importación y en el campo “F07. Nombre de entidad emisora del documento de acompañamiento” de la Declaración Aduanera de Exportación, los siguientes códigos de entidades correspondientes a las entidades fusionadas que autorizan documentos necesarios para la importación y exportación conforme se indica en el arancel nacional:
Entidad Anterior | Entidad Actual | Código Entidad |
Ministerio de Comercio Exterior | Viceministerio de Comercio Exterior (MPCEIP) | 584 |
Ministerio de Industrias y Productividad | Viceministerio de Producción e Industrias (MPCEIP) | 583 |
Subsecretaría de Recursos Pesqueros (MAP) | Subsecretaría de Recursos Pesqueros (MPCEIP) | 585 |
Subsecretaría de Acuacultura (MAP) | Subsecretaría de Acuacultura (MPCEIP) | 586 |
Subsecretaría de Calidad e Inocuidad (MAP) | Subsecretaría de Calidad e Inocuidad (MPCEIP) | 587 |
Fuente: INFOCOMEX 2019-008
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