Resolución No. 0119
AGROCALIDAD
Resuelve,
Artículo 1.- Para el intercambio comercial de mercancías pecuarias se realizará una evaluación de riesgo sanitario a los países interesados en exportar cerdos vivos y sus mercancías de riesgo a Ecuador.
Artículo 2.- No podrá ingresar a Ecuador producto crudo o solamente salado correspondiente a la partida arancelaria 0504.00.20 con la descripción “tripas”, sin antes haberse aprobado con un análisis de riesgo sanitario favorable.
Para la solicitud del documento de control previo se deberá adjuntar la ficha técnica en donde conste el proceso de elaboración del producto.
Artículo 3.- Además, para la importación de cerdos vivos como pie de cría se deberá actualizar los requisitos sanitarios.
Artículo 4.- AGROCALIDAD continuará realizando el seguimiento a la presentación de casos de Diarrea Epidémica Porcina a nivel internacional. De presentarse casos de Diarrea Epidémica Porcina se tomará las medidas que sean necesarias para mantener el estatus sanitario de Ecuador.
DISPOSICIÓN GENERAL
Única.- La Coordinación General de Sanidad Animal conjuntamente con la Dirección General de Planificación y Gestión Estratégica a través de la Gestión de Relaciones Internacionales de AGROCALIDAD, se encargará de notificar la presente Resolución, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su publicación, a la Secretaría General de la Comunidad Andina y a la Organización Mundial de Comercio (OMC).
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única.- Deróguese la Resolución 0212 de fecha 30 de junio del 2014, mediante la cual se suspende el ingreso de cerdos vivos y mercancías de riesgo procedentes de los países que han reportado presencia de Diarrea Epidémica Porcina – PED como: Estados Unidos, México, Perú, Canadá, Colombia y demás países que estén afectados por esta enfermedad.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- De la ejecución de la presente Resolución encárguense a la Coordinación General de Sanidad Animal de AGROCALIDAD.
Segunda.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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