Artículo 2.- Disponer que la ejecución de la siguiente fase del cronograma de
desmantelamiento de la medida de salvaguardia por balanza de pagos, se efectúe a partir del mes de abril de 2017, conforme la siguiente tabla:
AÑO 2017 | |||
---|---|---|---|
Sobretasa | ABRIL | MAYO | JUNIO |
15% | 10,0% | 5,0% | 0,0% |
25% | 16,7% | 8,3% | 0,0% |
40% | 26,7% | 13,3% | 0,0% |
Para el efecto, el Ministerio de Comercio Exterior (MCE) notificará al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) la ejecución del señalado cronograma.
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